Agencia de recobro con sede en España, especializada en deudas comerciales de clientes en la UE, Reino Unido, Estados Unidos y Latinoamérica. Fase amistosa primero. Vía legal solo cuando compensa. Sin recobro, sin honorarios.
Una factura impagada por un cliente extranjero se recupera igual que en España, pero en el idioma, el horario y el marco legal del deudor: presión amistosa documentada primero — la mayoría de expedientes no disputados se resuelven en 20–60 días — y, si el deudor no responde, el instrumento legal que corresponda a su país: el proceso monitorio europeo en la UE, la ejecución directa de sentencias bajo Bruselas I bis, o un socio local en Reino Unido, EE.UU. y Latinoamérica. Usted no paga nada hasta que el dinero llega. Sin recobro, sin honorarios.
Usted exportó, sirvió o facturó a un cliente fuera de España, y ahora descubre que sus herramientas habituales — la llamada, el burofax, el gestor de siempre — pierden fuerza al cruzar la frontera. El deudor lo sabe: cuenta con que un acreedor a dos mil kilómetros no va a hacer nada. No es el único en esta situación; es exactamente el expediente que gestionamos cada semana. A continuación: cómo funciona el recobro internacional desde España, qué instrumento aplica según el país del deudor y qué le costará si no recuperamos (nada). Empezando por el error que comete casi todo acreedor español: demandar primero en España.
Factura, pedido, albarán o prueba de servicio, correspondencia. En cuatro horas laborables el expediente está registrado y asignado. La primera decisión es dónde se juega la partida: en el país del deudor, casi siempre. Una sentencia española contra un deudor en México o Texas todavía necesita reconocimiento allí — por eso demandar primero en España suele ser el camino largo.
Handelsregister, Companies House, Infogreffe, Registro Público de Comercio: cada país tiene el suyo y todos dicen lo mismo si se sabe leer — administradores reales, domicilio vigente, empresas hermanas, señales de insolvencia. Antes de la primera llamada sabemos si perseguimos una empresa o una cascara.
Teléfono en alemán, inglés, francés o italiano desde números locales, correo con acuse, requerimiento formal según el uso del país. La distancia deja de ser argumento cuando quien llama conoce el mercado del deudor mejor que él. Cada concesión queda documentada, porque el expediente puede acabar siendo una demanda.
En la UE, el monitorio europeo o la ejecución directa de un título. Fuera de la UE, la acción local a través de la red de socios, valorada y presupuestada país por país antes de que usted comprometa un euro. Y si la aritmética no sale, se lo decimos: hay deudas que conviene provisionar, y decirlo forma parte del servicio.
Francia, Alemania, Italia, Portugal, Países Bajos, Polonia. El corredor con mejores herramientas y peor aprovechado: menos del 15% de los acreedores elegibles usa el monitorio europeo.
Tras el Brexit, sin vía rápida europea. La fase amistosa en inglés y, si hace falta, la reclamación en los tribunales ingleses a través del socio local suelen ganar a exportar una sentencia española.
México, Colombia, Chile, Perú, Argentina, Estados Unidos. Mismo idioma en LATAM, horario americano, y una red de socios locales para la fase legal. El corredor donde el acreedor español tiene más ventaja — y la usa menos.
Porque usted es la parte que hay que entender, no solo el deudor. Su contrato, su factura, su IVA, su plazo de pago y su contable están en España; el deudor está fuera. Una agencia extranjera le pedirá que traduzca su propio expediente. Una agencia española con red internacional lo lee tal como está, lo convierte en el formato que exige el país del deudor y le informa en su idioma, en su horario, con una sola interlocución. Y con la ventaja de conocer el instrumento que casi nadie en España utiliza: el monitorio europeo.
Con una fase amistosa documentada en el idioma y horario del deudor, respaldada por su registro mercantil, que resuelve la mayoría de expedientes no disputados en 20–60 días. Si no responde, el instrumento legal de su país: monitorio europeo en la UE, acción local con socio en el resto. Nunca empezando por una demanda en España.
A veces sí, pero rara vez conviene: una sentencia española contra un deudor fuera de la UE necesita reconocimiento en su país antes de ejecutarse, y dentro de la UE el monitorio europeo llega antes. La pregunta correcta no es dónde puedo demandar, sino dónde están los activos.
Un procedimiento uniforme de la UE (Reglamento 1896/2006) para deudas transfronterizas no disputadas: se presenta el formulario A, el tribunal expide el requerimiento sin vista y, si el deudor no se opone en 30 días, es ejecutable en cualquier Estado miembro. Sin límite de cuantía y muy poco utilizado.
La fase amistosa funciona estrictamente a éxito: una comisión pactada de antemano sobre lo recuperado, cero si no se recupera nada. La fase legal, cuando compensa, se presupuesta país por país antes de que usted decida. No hay cuotas de apertura ni gastos sorpresa.
Los expedientes amistosos documentados suelen cerrarse en 20–60 días. La vía legal añade entre 2 y 6 meses según el país y el tribunal. El factor que más influye está en su mano: cuánto tarda en encargar el expediente. Cada mes de espera reduce la recuperabilidad más que cualquier plazo legal.
Factura, pedido o contrato si existe, prueba de entrega o de prestación del servicio y la correspondencia con el deudor. El mismo conjunto sirve para la fase amistosa y, sin cambios, como prueba en la fase legal del país del deudor.
Se comunica el crédito en el procedimiento del país correspondiente dentro del plazo — que suele ser corto — y se valora si hay vía contra administradores o entidades sucesoras. Lo comprobamos en el registro antes de cualquier gestión: forma parte de la valoración gratuita.
Envíenos los datos de la factura. En 24 horas le decimos qué instrumento aplica, qué plazo es realista y si compensa. Solo cobramos si usted cobra.
Envíenos su caso — Valoración gratuita